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DISTRIBUCIÓN DE PISTAS DE PADEL

Si su vivienda tiene más de 50 años de antigüedad es mi deber informarle que, según el “DECRETO 53/2018, de 27 de abril del Consell por el que se regula la realización del informe de evaluación del edificio de uso residencial de vivienda y su Registro autonómico en el ámbito de la Comunidad Valenciana”, tiene la obligación formal de disponer del Informe de Evaluación del Edificio, el informe que evalúa el estado de conservación, la eficiencia energética y la accesibilidad de su vivienda dada su antigüedad.

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